Diferencia entre revisiones de «Carta de los Mahatmas No. 100»
Página creada con «{{raw:en:Col-begin|width=98%}} {{raw:en:Col-break|width=55%}} Esta es la '''Carta N.° 100''' en ''Las Cartas de los Mahatmas a A.P. Sinnett'', 4.ª edición cronológica (en inglés). Corresponde a la '''Carta N.° 79''' en la numeración de Barker. Ver a continuación contexto y antecedentes. <br> <br> <big>Carta de los Mahatmas No. 99|'''<nowiki> < <…» |
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Dado que usted no "trató exhaustivamente el caso" en su nota anterior, dije solo lo que hice, ya que no soy un hombre de negocios. Alguien acostumbrado a los asuntos comerciales sin duda habría deducido todo el plan a partir de fragmentos aún más pequeños que los que usted posee. Pero ahora que usted ha planteado la cuestión puedo decir (manteniendo al mismo tiempo mi opinión de aficionado en muy leve estima) que su esquema parece razonable y lo suficientemente justo. El Sr. Dare, no menos que usted debe ser recompensado sustancialmente por sus valiosos y fieles servicios. La propuesta de usted de que las acciones enajenadas (el 4/12 del total) no participen de las ganancias hasta que sus respectivos propietarios hayan obtenido la remuneración justa del capital de las 8/12 restantes, es justa para ambas partes. | |||
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Revisión del 13:30 29 ago 2025
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Esta es la Carta N.° 100 en Las Cartas de los Mahatmas a A.P. Sinnett, 4.ª edición cronológica (en inglés). Corresponde a la Carta N.° 79 en la numeración de Barker. Ver a continuación contexto y antecedentes.
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Página 1 - traducción, imagen y notas
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Dado que usted no "trató exhaustivamente el caso" en su nota anterior, dije solo lo que hice, ya que no soy un hombre de negocios. Alguien acostumbrado a los asuntos comerciales sin duda habría deducido todo el plan a partir de fragmentos aún más pequeños que los que usted posee. Pero ahora que usted ha planteado la cuestión puedo decir (manteniendo al mismo tiempo mi opinión de aficionado en muy leve estima) que su esquema parece razonable y lo suficientemente justo. El Sr. Dare, no menos que usted debe ser recompensado sustancialmente por sus valiosos y fieles servicios. La propuesta de usted de que las acciones enajenadas (el 4/12 del total) no participen de las ganancias hasta que sus respectivos propietarios hayan obtenido la remuneración justa del capital de las 8/12 restantes, es justa para ambas partes. Ya sea que usted
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